Con la reforma pensional en camino, una de las preguntas que más recibimos en la firma es la misma: ¿yo todavía puedo pensionarme con las reglas de antes? La respuesta depende del régimen de transición, y de un dato muy concreto: sus semanas cotizadas. ¿Qué es el régimen de transición? Es el mecanismo legal que permite a quienes ya habían consolidado una expectativa legítima bajo el régimen anterior (Ley 100 de 1993 o Decreto 758 de 1990, según el caso) seguir pensionándose con esas reglas, en lugar de las de la reforma. No es un beneficio automático: hay que acreditar semanas mínimas a la fecha de corte, que la Corte Constitucional fijó en el 1 de abril de 2027 (Sentencia C-264 de 2024): 750 semanas cotizadas, si usted es mujer. 900 semanas cotizadas, si usted es hombre. Tres errores que le pueden costar el beneficio No revisar la historia laboral completa. Es común encontrar periodos no reportados por empleadores, inconsistencias entre EPS, AFP y Colpensiones, o tiempos en el sector público que nunca se trasladaron. Confiar en cálculos informales. Calcular «a ojo» si se alcanzan las semanas, sin verificar fechas de corte exactas, suele llevar a decisiones tardías: cuando se detecta el error, la ventana ya se cerró. Intentar resolver periodos de omisión por cuenta propia. Buscar cubrir semanas faltantes sin asesoría técnica específica —por ejemplo, con un cálculo actuarial mal hecho— puede generar más problemas de los que resuelve. Si le faltan semanas, no todo está perdido Existen varias alternativas legales para consolidar el tiempo requerido: corrección o reconstrucción de la historia laboral ante Colpensiones o su AFP, traslado de tiempos públicos no cotizados, reconocimiento de periodos laborados en países con convenios de seguridad social vigentes con Colombia, y el cálculo actuarial para periodos de omisión del empleador. ¿Todavía está a tiempo? El régimen de transición no se prorroga: se acredita o se pierde. En Brijaldo & Méndez revisamos su historia laboral, calculamos sus semanas exactas y le decimos —con cifras, no con suposiciones— si usted todavía está a tiempo. Revise su historia laboral con nosotros → Navegación de entradas 1 de abril de 2027: la fecha que puede cerrarle para siempre la puerta a una mejor pensión